ME67

Trastorno de naturaleza incierta o no especificada

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Categoría ideada para permitir que se documente la presencia de una afección cutánea sin hacer suposiciones sobre la naturaleza precisa del trastorno en cuestión.
También se encuentra como
cambio de la piel SAI · enfermedad dermatológica SAI · trastorno dermatológico SAI · dermatopatía · trastornos de la piel SAI · dermatosis SAI · Trastorno cutáneo sin un diagnóstico establecido · afección de la piel de naturaleza incierta o no especificada · dermatosis de naturaleza dudosa o no especificada · dermatosis de naturaleza indefinida o no especificada · Ampolla · Piel marmolada · piel marmórea · Papular, no clasificada en otra parte · pápula SAI · Grano, no clasificado en otra parte · espinilla, no clasificada en otra parte · Erupción anillada, no clasificado en otra parte · Depósito de la piel, no clasificado en otra parte · deposición cutánea SAI · Erupción vesicular · Xantosis · Erupción pustulosa

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/2044170142.

Ficha técnica

Bloque
Síntomas o signos que involucran a la piel
BlockL2-ME6

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre ME67

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, ME67 (Trastorno de naturaleza incierta o no especificada) corresponde a L989 (TRASTORNO DE LA PIEL Y DEL TEJIDO SUBCUTANEO, NO ESPECIFICADO) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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