ME93

Lesiones biomecánicas, no clasificadas en otra parte

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Ficha técnica

Bloque
Resultados clínicos relativos al sistema musculoesquelético
BlockL2-ME9
Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
M99
M99X
Postcoordinación
Localización anatómica específica · Afección causante (obligatoria) — códigos de extensión unidos con «&»
2

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre ME93

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, ME93 (Lesiones biomecánicas, no clasificadas en otra parte) corresponde a M99X en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

ME93 tiene 9 subdivisiones en la linealización MMS: ME93.0 (Disfunción segmentaria y somática), ME93.1 (Estenosis del conducto vertebral por subluxación), ME93.2 (Estenosis ósea del canal neural), ME93.3 (Estenosis del conducto vertebral por tejido conjuntivo), ME93.4 (Estenosis del conducto vertebral por disco intervertebral), ME93.5 (Estenosis ósea y subluxación de los agujeros intervertebrales), ME93.6 (Estenosis de los agujeros intervertebrales por tejido conjuntivo o por disco intervertebral), ME93.Y (Otras lesiones biomecánicas especificadas, no clasificadas en otra parte), ME93.Z (Lesiones biomecánicas, no clasificadas en otra parte, sin especificación). Si la historia clínica lo permite, usa el código más específico.

La CIE-11 REQUIERE postcoordinar afección causante en este código, y permite precisar opcionalmente localización anatómica específica. La postcoordinación se escribe uniendo los códigos con «&» (código base & extensión).

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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