MG44.11

Retraso ponderal en un lactante o niño

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Estado en el cual el peso de un lactante o un niño, o la velocidad con que dicho peso está aumentando en el momento presente, es mucho menor que el observado en otros niños del mismo sexo y edad.
Exclusiones (codifícalas aparte)
Anorexia nerviosa 6B80 · Trastorno por evitación/restricción de la ingesta de alimentos 6B83 · Caquexia MG20 · Insuficiencia en el desarrollo del recién nacido KD32.4
También se encuentra como
síndrome de retraso pondoestatural · retraso ponderal SAI · falta de aumento de peso · retraso ponderal en la lactancia o la niñez · retraso del crecimiento ponderal en un lactante o niño · insuficiencia ponderal en un lactante o niño · fallo de medro del lactante o niño · aumento de peso insuficiente un un lactante o niño

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1232517390.

Ficha técnica

Bloque
Síntomas generales
BlockL2-MG2
Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
R62
R62X

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre MG44.11

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, MG44.11 (Retraso ponderal en un lactante o niño) corresponde a R62X en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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