Efectos adversos, no clasificados en otra parte
Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.
Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)
Efectos adversos que no se pueden atribuir a una causa más específica, por lo que se excluye, entre otras causas, los traumatismos, la hipersensibilidad, los efectos tóxicos y las complicaciones de la atención quirúrgica y médica.
- Exclusiones (codifícalas aparte)
- Efectos adversos de sustancias · Traumatismo o daño resultante de la atención médica o quirúrgica, no clasificado en otra parte · Anafilaxia 4A84 · Enfermedades alérgicas o de hipersensibilidad con afectación del tubo digestivo 4A83 · Enfermedades alérgicas o de hipersensibilidad con afectación de la piel o las mucosas 4A82 · Enfermedades alérgicas o de hipersensibilidad con afectación de las vías respiratorias 4A80 · choque anafiláctico debido a reacción adversa a alimentos 4A84.0 · choque anafiláctico debido a suero NE80.3
Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1341937641.
Ficha técnica
- Bloque
- Otros efectos o los no especificados de causas externas
- BlockL1-NF0
- Postcoordinación
- Asociado con — códigos de extensión unidos con «&»
- 1
Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.
Preguntas frecuentes sobre NF09
Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, NF09 (Efectos adversos, no clasificados en otra parte) corresponde a T789 (EFECTO ADVERSO NO ESPECIFICADO) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.
La CIE-11 permite precisar opcionalmente asociado con. La postcoordinación se escribe uniendo los códigos con «&» (código base & extensión).
Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.
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