Lesiones ocurridas después del cese de un conflicto armado, sin especificación
Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.
Contenido oficial de la OMS (CIE-11 en español)
- También se encuentra como
- Lesiones debidas a operaciones de guerra o clasificables como que ocurren después del cese de las hostilidades. · Lesiones ocurridas después del cese de un conflicto armado.
Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1022059782/unspecified.
Ficha técnica
- Bloque
- Evento dañino ocurrido después del cese del conflicto armado
- BlockL2-PK4
- Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
- Y368 · OPERACIONES DE GUERRA QUE OCURREN DESPUES DEL CESE DE HOSTILIDADES
- Y368
- Postcoordinación
- Objeto o sustancia que produce la lesión · Aspectos del conflicto armado — códigos de extensión unidos con «&»
- 2
Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.
Preguntas frecuentes sobre PK4Z
Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, PK4Z (Lesiones ocurridas después del cese de un conflicto armado, sin especificación) corresponde a Y368 (OPERACIONES DE GUERRA QUE OCURREN DESPUES DEL CESE DE HOSTILIDADES) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.
La CIE-11 permite precisar opcionalmente objeto o sustancia que produce la lesión y aspectos del conflicto armado. La postcoordinación se escribe uniendo los códigos con «&» (código base & extensión).
Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.
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