QB95.1

Contacto con los servicios de salud para el cuidado que involucra el uso de la rehabilitación física

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Contenido oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Exclusiones (codifícalas aparte)
Contacto con los servicios de salud para la atención que implique el uso de la rehabilitación cardiaca QB95.0
También se encuentra como
admisión para rehabilitación física · admisión para fisioterapia · fisioterapia · rehabilitación física · Contacto con servicios de salud para atención que implique el uso de rehabilitación física además de la rehabilitación cardíaca · Contacto con los servicios de salud para atención que implique el uso de terapia respiratoria · terapia respiratoria · Contacto con servicios de salud para atención que implique el uso de ejercicios terapéuticos y rehabilitadores · ejercicios correctivos y terapeúticos

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1128991153.

Ficha técnica

Bloque
Contacto con servicios de salud para intervenciones no quirúrgicas y que no involucren dispositivos
BlockL2-QB9
Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
Z501 · OTRAS TERAPIAS FISICAS
Z501

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre QB95.1

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, QB95.1 (Contacto con los servicios de salud para el cuidado que involucra el uso de la rehabilitación física) corresponde a Z501 (OTRAS TERAPIAS FISICAS) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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