H663

OTRAS OTITIS MEDIAS CRONICAS SUPURATIVAS

Diagnóstico CIE-10 del catálogo de referencia de SISPRO, vigente para el reporte de RIPS en Colombia.

Ficha técnica

Notación internacional
H66.3
H663
Sexo
Ambos sexos
A
Edad válida (RIPS)
Hasta 120 años
0–120
Equivalencia CIE-11 (mapa OMS)
AA91.2 · Otra otitis media supurativa crónica
AA91.2

Definición oficial del equivalente CIE-11 (OMS)

La CIE-10 no tiene definiciones oficiales. Este es el texto oficial en español de su equivalente en la CIE-11, AA91.2Otra otitis media supurativa crónica:

Esta entidad nosológica consiste en una perforación (orificio) de la membrana timpánica seguida de una infección bacteriana activa en el oído medio que dura un mínimo de varias semanas. Puede haber suficiente pus para que este fluya hacia el exterior del oído (otorrea) o la purulencia puede ser tan escasa que solo se ve cuando se examina el oído con un microscopio binocular.

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/2019948313.

Fuente: tabla de referencia CIE10 de SISPRO — Ministerio de Salud y Protección Social, actualizada al 21 de mayo de 2026. Información de referencia: para efectos de reporte y facturación, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre H663

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, H663 (OTRAS OTITIS MEDIAS CRONICAS SUPURATIVAS) corresponde a AA91.2 (Otra otitis media supurativa crónica) en la CIE-11. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno.

Según el catálogo de referencia de SISPRO, H663 aplica para ambos sexos y la edad válida del paciente es hasta 120 años. Reportarlo fuera de ese rango no impide radicar la factura: hoy la validación de sexo y edad genera una notificación, no un rechazo. El Ministerio advirtió que las notificaciones pasarán a ser reglas de rechazo, así que conviene dejar el sustento clínico en la historia.

En el formato RIPS de Colombia el código se reporta sin punto (H663); la notación internacional lo escribe con punto decimal: H66.3. Son el mismo diagnóstico.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024, con una transición de codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición la CIE-10 sigue siendo válida para el reporte; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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