4A85.22

Dermatitis de contacto alérgica por alérgenos alimentarios

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Dermatitis de contacto alérgica provocada por alérgenos alimentarios; los alimentos causales más frecuentes son las especias, las frutas y las verduras. A menudo es laboral por contacto con sustancias químicas u oleorresinas. La dermatitis de contacto sistémica es una variante infrecuente causada por ingestión. Si lo desea, puede usar otro código de causa externa para indicar el agente.

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/943039030.

Ficha técnica

Bloque
Afecciones alérgicas o de hipersensibilidad
BlockL1-4A8
Postcoordinación
Asociado con — códigos de extensión unidos con «&»
1

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre 4A85.22

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 4A85.22 (Dermatitis de contacto alérgica por alérgenos alimentarios) corresponde a L236 (DERMATITIS ALERGICA DE CONTACTO DEBIDA A ALIMENTOS EN CONTACTO CON LA PIEL) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

La CIE-11 permite precisar opcionalmente asociado con. La postcoordinación se escribe uniendo los códigos con «&» (código base & extensión).

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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