Hipoalfalipoproteinemia
Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.
Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)
Estado caracteriza por una disminución anormal de la concentración sanguínea de lipoproteínas de alta densidad (HDL).
- También se encuentra como
- lipoproteinemia α · hipolipoproteinemia alfa · Hipoalfalipoproteinemia familiar · hipolipoproteinemia familiar · deficiencia de lipoproteina familiar · Deficiencia de apolipoproteína A-I · deficiencia de ApoA-I · Deficiencia familiar de lecitina-colesterol-aciltransferasa · deficiencia completa de LCAT · deficiencia familiar de LCAT · deficiencia de fosfatidilcolina-esterol-aciltransferasa · deficiencia completa de lecitina-colesterol-aciltransferasa · Enfermedad de los ojos de pescado · ictiosis oftálmica · déficit parcial de LCAT · deficiencia parcial de lecitina-colesterol-aciltransferasa · distrofia corneal dislipoproteinémica · Enfermedad de Norum · Analfalipoproteinemia · tesaurismosis de colesterol · enfermedad de Tangier · Hipoalfalipoproteinemia secundaria
Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1731667610.
Ficha técnica
- Bloque
- Trastornos del metabolismo de las lipoproteínas o algunas lipidemias especificadas
- BlockL2-5C8
Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.
Preguntas frecuentes sobre 5C81.0
Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 5C81.0 (Hipoalfalipoproteinemia) corresponde a E786 (DEFICIENCIA DE LIPOPROTEINAS) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.
Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.
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