6B65

Trastorno de identidad disociativa parcial

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

El trastorno de identidad disociativa parcial se caracteriza por una alteración de la identidad en la que hay dos o varios estados de personalidad distintos (identidades disociativas) asociados con discontinuidades marcadas en el sentido de identidad y agencia. Cada estado de personalidad incluye su propio patrón de experiencia, percepción, concepción y relación con el yo, el cuerpo y el entorno. Un estado de personalidad es dominante y normalmente funciona en la vida cotidiana, pero es invadido por uno o más estados de personalidad no dominantes (intrusiones disociativas). Estas intrusiones pueden ser cognitivas, afectivas, perceptivas, motoras o conductuales. Se considera que interfieren con el funcionamiento del estado de personalidad dominante y son típicamente aversivos. Los estados de personalidad no dominantes no toman de manera recurrente el control ejecutivo de la conciencia y el funcionamiento del individuo, pero puede haber episodios ocasionales, limitados y transitorios, en los que un estado de personalidad distinta asuma el control ejecutivo para participar en comportamientos circunscritos, como en respuesta a situaciones extremas, estados emocionales o durante episodios de autolesión o recreación de recuerdos traumáticos. Los síntomas no se explican mejor por otro trastorno mental, del comportamiento o del desarrollo neurológico, y no se deben a los efectos directos de una sustancia o medicamento en el sistema nervioso central, incluidos los efectos de la abstinencia, ni se deben a una enfermedad del sistema nervioso o trastorno del ciclo de sueño y vigilia. Los síntomas causan un deterioro significativo en las áreas personales, familiares, sociales, educativas, ocupacionales u otras áreas importantes del funcionamiento.
También se encuentra como
síndromes crónicos y recurrentes de síntomas disociativos mixtos

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/988400777.

Ficha técnica

Bloque
Trastornos disociativos
BlockL1-6B6
Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
F489 · TRASTORNO NEUROTICO, NO ESPECIFICADO
F489

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre 6B65

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 6B65 (Trastorno de identidad disociativa parcial) corresponde a F489 (TRASTORNO NEUROTICO, NO ESPECIFICADO) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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