6B80.1

Anorexia nerviosa con un peso corporal peligrosamente bajo

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

La anorexia nerviosa con un peso corporal peligrosamente bajo cumple con todos los requisitos de la definición para la anorexia nerviosa, con IMC inferior a 14,0 kg/m² en adultos o por debajo del percentil 0,3 del IMC para la edad en niños y adolescentes. En el contexto de la anorexia nerviosa, el estado grave de peso bajo es un importante factor pronóstico que se asocia con un riesgo alto de complicaciones físicas e incrementa sustancialmente la mortalidad.

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/647582417.

Ficha técnica

Bloque
Trastornos del comportamiento alimentario
BlockL1-6B8
Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
F50
F50X
Postcoordinación
Asociado con — códigos de extensión unidos con «&»
1

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre 6B80.1

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 6B80.1 (Anorexia nerviosa con un peso corporal peligrosamente bajo) corresponde a F50X en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

La CIE-11 permite precisar opcionalmente asociado con. La postcoordinación se escribe uniendo los códigos con «&» (código base & extensión).

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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