6C44

Trastornos debidos al uso de sedantes, hipnóticos o ansiolíticos

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Los trastornos debidos al uso de sedantes, hipnóticos o ansiolíticos se caracterizan por el patrón y las consecuencias del uso de estas sustancias. Los sedantes, hipnóticos y ansiolíticos se recetan generalmente para el tratamiento a corto plazo de la ansiedad o el insomnio y también se emplean para proporcionar sedación en procedimientos médicos. Incluyen las benzodiazepinas y los moduladores alostéricos no benzodiazepínicos positivos de los receptores GABA (es decir, "fármacos Z"), así como muchos otros compuestos. Los sedantes, hipnóticos y ansiolíticos incluyen barbitúricos, que están disponibles con mucha menos frecuencia ahora que en décadas anteriores. Los sedantes, hipnóticos y ansiolíticos tienen propiedades inductoras de dependencia que están relacionadas con la dosis y la duración de su uso. Pueden causar intoxicación, dependencia y síndrome de abstinencia. Se reconocen varios otros trastornos mentales inducidos por sedantes, hipnóticos o ansiolíticos.
Exclusiones (codifícalas aparte)
Uso peligroso de sedantes, hipnóticos o ansiolíticos QE11.2

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/390325614.

Ficha técnica

Bloque
Trastornos debidos al uso de sustancias
BlockL2-6C4
Postcoordinación
Asociado con — códigos de extensión unidos con «&»
1

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre 6C44

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 6C44 (Trastornos debidos al uso de sedantes, hipnóticos o ansiolíticos) corresponde a F139 (TRASTORNOS MENTALES Y DEL COMPORTAMIENTO DEBIDOS AL USO DE SEDANTES O HIPNOTICOS, TRASTORNOS MENTAL Y DEL COMPORTAMIENTO, NO ESPECIFICADOS) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

6C44 tiene 10 subdivisiones en la linealización MMS: 6C44.0 (Episodio de uso nocivo de sedantes, hipnóticos o ansiolíticos), 6C44.1 (Patrón nocivo de uso de sedantes, hipnóticos o ansiolíticos), 6C44.2 (Dependencia de los sedantes, hipnóticos o ansiolíticos), 6C44.3 (Intoxicación por sedantes, hipnóticos o ansiolíticos), 6C44.4 (Síndrome de abstinencia de sedantes, hipnóticos o ansiolíticos), 6C44.5 (Delirium inducido por sedantes, hipnóticos o ansiolíticos), 6C44.6 (Trastorno psicótico inducido por sedantes, hipnóticos o ansiolíticos), 6C44.7 (Ciertos trastornos mentales o del comportamiento inducidos por sedantes, hipnóticos o ansiolíticos), 6C44.Y (Otros trastornos especificados debidos al uso de sedantes, hipnóticos o ansiolíticos), 6C44.Z (Trastornos debidos al uso de sedantes, hipnóticos o ansiolíticos, sin especificación). Si la historia clínica lo permite, usa el código más específico.

La CIE-11 permite precisar opcionalmente asociado con. La postcoordinación se escribe uniendo los códigos con «&» (código base & extensión).

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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