6C71

Cleptomanía

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

La cleptomanía se caracteriza por una falla recurrente en el control de los impulsos fuertes para robar objetos en ausencia de un motivo aparente (por ejemplo, los objetos no se adquieren para uso personal o ganancia monetaria). Existe una creciente sensación de tensión o excitación afectiva antes de los casos de robo y una sensación de placer, emoción, alivio o gratificación durante e inmediatamente después del robo. El comportamiento no se explica mejor por un deterioro intelectual, otro trastorno mental y del comportamiento o la intoxicación por sustancias.
Inclusiones
robo patológico
Exclusiones (codifícalas aparte)
Robo en las tiendas como motivo de observación por sospecha de trastorno mental, descartado QA02.3
También se encuentra como
robo patológico

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/804604349.

Ficha técnica

Bloque
Trastornos del control de los impulsos
BlockL1-6C7
Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
F632 · HURTO PATOLOGICO [CLEPTOMANIA]
F632

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre 6C71

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 6C71 (Cleptomanía) corresponde a F632 (HURTO PATOLOGICO [CLEPTOMANIA]) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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