6E66

Síndrome secundario de control de los impulsos

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Un síndrome caracterizado por la presencia de síntomas prominentes que son característicos de los trastornos del control de impulsos o los trastornos debidos a conductas adictivas (p. ej., robo, prender fuego, arrebatos agresivos, conducta sexual compulsiva, juego excesivo) que se considera una consecuencia fisiopatológica directa de una afección de salud no clasificada como trastornos mentales y del comportamiento, según la evidencia del historial, el examen físico o los hallazgos de laboratorio. Los síntomas no se explican por el delirio ni por otro trastorno mental y del comportamiento, y no son una respuesta mediada psicológicamente a una afección médica grave (p. ej., como parte de un trastorno de adaptación en respuesta a un diagnóstico que pone en peligro la vida). Esta categoría debe usarse además del diagnóstico del presunto trastorno o enfermedad subyacente cuando los síntomas del control de los impulsos son lo suficientemente graves como para justificar una atención clínica específica.
Exclusiones (codifícalas aparte)
Delirium 6D70
También se encuentra como
trastorno orgánico del control de los impulsos · Impulse control syndrome due to health condition not classified under mental and behavioural disorders [No translation available]

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1638354338.

Ficha técnica

Bloque
Síndromes secundarios mentales o del comportamiento asociados con enfermedades o trastornos clasificados en otra parte
BlockL1-6E6
Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
F06
F06X
Postcoordinación
Afección causante (obligatoria) — códigos de extensión unidos con «&»
1

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre 6E66

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 6E66 (Síndrome secundario de control de los impulsos) corresponde a F06X en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

La CIE-11 REQUIERE postcoordinar afección causante en este código. La postcoordinación se escribe uniendo los códigos con «&» (código base & extensión).

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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