7A41

Apnea obstructiva del sueño

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

La apnea obstructiva del sueño se caracteriza por episodios repetitivos de apnea o hipopnea que son causados ​​por la obstrucción de las vías respiratorias altas que se producen durante el sueño. Estos eventos a menudo dan lugar a reducciones de la saturación de oxígeno en sangre y generalmente terminan con breves despertares del sueño. La somnolencia excesiva es un síntoma de presentación importante en muchos casos, pero no en todos. También es frecuente que los pacientes refieran insomnio, mala calidad del sueño y fatiga. El síndrome de resistencia de las vías respiratorias superiores comparte la misma fisiopatología y debe clasificarse aquí. En los adultos (> 18 años), la apnea obstructiva del sueño se diagnostica cuando la frecuencia de eventos obstructivos (apneas, hipopneas o despertares relacionados con eventos respiratorios) es de más de 15 por hora. El trastorno también se puede diagnosticar cuando la frecuencia es superior a cinco por hora y: a) hay síntomas atribuibles al trastorno (por ejemplo, somnolencia o alteración del sueño); o b) el paciente refiere dificultad respiratoria nocturna o se observan apnea o ronquidos habituales; o c) hay hipertensión, un trastorno del estado de ánimo, disfunción cognitiva, enfermedad arterial coronaria, accidente cerebrovascular, insuficiencia cardíaca congestiva, fibrilación auricular o diabetes mellitus de tipo 2. En los niños, el trastorno se diagnostica cuando la frecuencia de eventos obstructivos es superior a uno por hora, y se acompañan de signos o síntomas relacionados con el trastorno respiratorio. Nota: Un diagnóstico definitivo requiere signos objetivos basados en la polisomnografía.
Exclusiones (codifícalas aparte)
Apnea neonatal obstructiva KB2A.1
También se encuentra como
síndrome de apnea hipopnea obstructiva del sueño · apnea del sueño sai · SAS - [síndrome de apnea del sueño] · síndrome de apnea del sueño · SAHOS - [síndrome de apnea-hipopnea obstructiva del sueño] · SAHS - [síndrome de apnea-hipopnea del sueño] · apnea obstructiva del sueño del adulto · AOS - [apnea obstructiva del sueño] · apnea obstructiva del sueño, pediátrica · síndrome AOS - [apnea obstructiva del sueño] · síndrome de apnea obstructiva del sueño · Síndrome de resistencia de las vías respiratorias superiores · SRVRS - [Síndrome de resistencia de las vías respiratorias superiores] · síndrome de resistencia de las vías aéreas superiores

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1919233290.

Ficha técnica

Bloque
Trastornos respiratorios relacionados con el sueño
BlockL1-7A4
Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
G473 · APNEA DEL SUENO
G473
Postcoordinación
Asociado con · Gravedad — códigos de extensión unidos con «&»
2

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre 7A41

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 7A41 (Apnea obstructiva del sueño) corresponde a G473 (APNEA DEL SUENO) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

La CIE-11 permite precisar opcionalmente asociado con y gravedad. La postcoordinación se escribe uniendo los códigos con «&» (código base & extensión).

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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