8A60.B

Epilepsia por esclerosis múltiple u otros trastornos desmielinizantes

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Epilepsia que aparece en un paciente con un diagnóstico confirmado de esclerosis múltiple (EM) o de otro trastorno desmielinizante. Las convulsiones tienen que ocurrir en el transcurso de la enfermedad, pero sin una relación temporal estrecha con su fase aguda. Por lo general los síntomas de EM han estado presentes varios años antes de la primera crisis convulsiva.

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1742216565.

Ficha técnica

Bloque
Epilepsia o convulsiones
BlockL1-8A6
Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
G40
G40X
Postcoordinación
Manifestación · Afección causante (obligatoria) — códigos de extensión unidos con «&»
2

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre 8A60.B

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 8A60.B (Epilepsia por esclerosis múltiple u otros trastornos desmielinizantes) corresponde a G40X en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

La CIE-11 REQUIERE postcoordinar afección causante en este código, y permite precisar opcionalmente manifestación. La postcoordinación se escribe uniendo los códigos con «&» (código base & extensión).

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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