JA03

Aborto retenido

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Afección causada por una anomalía genética, una división celular anormal, u óvulos o espermatozoides de mala calidad. Se caracteriza por un embarazo fallido, muerte del embrión o del feto inmaduro sin expulsión del útero hasta después de un mínimo de 8 semanas, y reducción del tamaño del útero. También puede presentarse con infección materna, coagulación intravascular, calcificación fetal y reabsorción de los productos de la concepción. El diagnóstico de confirmación se hace mediante técnicas de diagnóstico por la imagen.
Inclusiones
Muerte fetal precoz con retención de feto muerto
Exclusiones (codifícalas aparte)
Óvulo sin desarrollo embrionario o mola no hidatiforme JA04 · Embarazo molar JA02
También se encuentra como
pérdida por aborto espontáneo · aborto silencioso · AR - [Aborto retenido] · muerte embrionaria con retención · feto muerto precoz retenido · Muerte fetal precoz con retención de feto muerto

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/721991699.

Ficha técnica

Bloque
Embarazo que finaliza en aborto
BlockL1-JA0
Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
O021 · ABORTO RETENIDO
O021
Postcoordinación
Asociado con — códigos de extensión unidos con «&»
1

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre JA03

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, JA03 (Aborto retenido) corresponde a O021 (ABORTO RETENIDO) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

La CIE-11 permite precisar opcionalmente asociado con. La postcoordinación se escribe uniendo los códigos con «&» (código base & extensión).

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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