Origen anómalo de arteria coronaria en el árbol arterial pulmonar
Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.
Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)
Malformación cardiovascular congénita caracterizada por que el origen de una o más arterias coronarias es el tronco pulmonar o una de sus ramas. En su forma más frecuente, la arteria coronaria izquierda surge del tronco pulmonar (arteria pulmonar principal) en lugar de la aorta; pero en ocasiones también la arteria coronaria derecha, la circunfleja o ambas arterias coronarias pueden originarse de cualquiera de las arterias pulmonares centrales.
- También se encuentra como
- Origen anómalo de la arteria coronaria izquierda desde la arteria pulmonar · OAACIAP - [Origen anómalo de la arteria coronaria izquierda desde la arteria pulmonar] · OAACITP -[origen anómalo de la arteria coronaria izquierda desde el tronco pulmonar]
Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1862930314.
Ficha técnica
- Bloque
- Anomalía del desarrollo estructural del corazón o de los grandes vasos
- BlockL3-LA8
Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.
Preguntas frecuentes sobre LA8C.0
Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, LA8C.0 (Origen anómalo de arteria coronaria en el árbol arterial pulmonar) corresponde a Q245 (MALFORMACION DE LOS VASOS CORONARIOS) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.
Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.
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