LA8E.1

Comunicación interauricular en la fosa oval

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Malformación cardiovascular congénita caracterizada por una comunicación interauricular confinada a la región de la fosa oval; por lo general, debido a una deficiencia del tabique interauricular primario (septum primum), aunque puede contribuir también una deficiencia del tabique secundario (pliegue interauricular superior).
También se encuentra como
comunicación interauricular de tipo ostium secundum · defecto del tabique auricular secundario · CIA de tipo ostium secundum · defecto del tabique interauricular en la fosa oval · defecto del tabique auricular de tipo ostium secundum · defecto septal atril tipo ostium secundum

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1875768490.

Ficha técnica

Bloque
Anomalía del desarrollo estructural del corazón o de los grandes vasos
BlockL3-LA8
Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
Q211 · DEFECTO DEL TABIQUE AURICULAR
Q211

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre LA8E.1

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, LA8E.1 (Comunicación interauricular en la fosa oval) corresponde a Q211 (DEFECTO DEL TABIQUE AURICULAR) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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