LB11

Divertículo congénito de faringe

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Afección causada por un fallo de la faringe para desarrollarse correctamente durante el período prenatal. Puede cursar con disfagia o ser asintomático. El diagnóstico de confirmación es por observación del divertículo faríngeo en una prueba de imagen.
Exclusiones (codifícalas aparte)
síndrome de divertículo faríngeo LD44.N0
También se encuentra como
divertículo faríngeo congénito · diverticulosis faríngea · diverticulitis faríngea · divertículo faríngeo · divertículo de faringe

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/2066788055.

Ficha técnica

Bloque
Anomalías estructurales del desarrollo del tubo digestivo
BlockL2-LB1
Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
Q387 · DIVERTICULO FARINGEO
Q387
Postcoordinación
Localización anatómica específica — códigos de extensión unidos con «&»
1

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre LB11

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, LB11 (Divertículo congénito de faringe) corresponde a Q387 (DIVERTICULO FARINGEO) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

La CIE-11 permite precisar opcionalmente localización anatómica específica. La postcoordinación se escribe uniendo los códigos con «&» (código base & extensión).

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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