LD2F.16

Displasia otomandibular

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Cualquier afección caracterizada por malformación de los huesos y músculos faciales. Pueden cursar con ojos inclinados hacia abajo, pestañas escasas, coloboma palpebral, hipoacusia, vértebras poco desarrolladas o ausentes, o fisura del paladar.
También se encuentra como
Espectro óculo-aurículo-vertebral con defectos radiales · Síndrome aurículo-condilar · Síndrome de Goldenhar · Microsomía hemifacial · Disostosis maxilofacial · Síndrome disostosis mandíbulofacial · Síndrome Treacher-Collins · Síndrome Franceschetti-Klein · Acrodisostosis · Acrodisostosis con múltiples resistencias hormonales

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/424177015.

Ficha técnica

Bloque
Anomalías o síndromes múltiples del desarrollo
BlockL1-LD2

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre LD2F.16

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, LD2F.16 (Displasia otomandibular) corresponde a Q878 (OTROS SINDROMES DE MALFORMACIONES CONGENITAS ESPECIFICADOS, NO CLASIFICADOS EN OTRA PARTE) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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