MD81.4

Dolor abdominal de otro tipo y de tipo no especificado

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Contenido oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Exclusiones (codifícalas aparte)
Síndrome de dolor abdominal primario crónico MG30.00 · Dolor visceral crónico primario MG30.00 · Dolor visceral secundario crónico MG30.4 · Cólico del lactante DD93.1
También se encuentra como
dolor abdominal SAI · dolor abdominal crónico SAI · abdominalgia periódica · cólico abdominal · crisis abdominal · abdominalgia · cólico · cólicos abdominales · dolor de costado · cólico bilioso · retortijones · dolor abdominal intenso · Cólico espasmódico · cólico SAI · dolor en fosa renal · Dolor de colon · Calambre de colon · Enteralgia · Cólico intestinal · Calambre intestinal · Cólico en el intestino · Espasmo visceral

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/166022696.

Ficha técnica

Bloque
Síntomas o signos relativos al aparato digestivo o al abdomen
BlockL2-MD8

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre MD81.4

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, MD81.4 (Dolor abdominal de otro tipo y de tipo no especificado) corresponde a R104 (OTROS DOLORES ABDOMINALES Y LOS NO ESPECIFICADOS) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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