Resultados anormales en pruebas de diagnóstico por la imagen, no clasificados en otra parte
Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.
Contenido oficial de la OMS (CIE-11 en español)
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Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/2122862035.
Ficha técnica
- Bloque
- Resultados anormales, no clasificados en otra parte
- BlockL2-MG7
- Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
- Sin equivalencia directa
- ·
Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.
Preguntas frecuentes sobre MG70
El mapa oficial de la OMS no define una equivalencia CIE-10 directa para MG70 (Resultados anormales en pruebas de diagnóstico por la imagen, no clasificados en otra parte). En la transición, codifica en CIE-10 con el código clínicamente más cercano según tu criterio y la documentación del caso.
Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.
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