Uso peligroso de nicotina
Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.
Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)
Se trata de un patrón de consumo de nicotina que aumenta considerablemente el riesgo de consecuencias perjudiciales para la salud física o mental del usuario o de otras personas en una medida que justifica la atención y el asesoramiento de los profesionales de la salud. La mayor parte de las veces la nicotina se consume en forma de tabaco, pero también hay otras formas de suministro de nicotina (por ejemplo, vapor de nicotina). El consumo peligroso de nicotina aún no ha alcanzado el nivel de haber causado daño a la salud física o mental del consumidor o de otras personas en su entorno. El patrón de consumo de nicotina a menudo persiste a pesar de la conciencia de un mayor riesgo de daño al consumidor o a otros. Esta categoría no pretende incluir el uso de tratamientos de reemplazo de nicotina bajo supervisión médica cuando estas se usan como parte de los intentos de detener o reducir el consumo de tabaco.
- También se encuentra como
- Consumo peligroso de nicotina
Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/63012279.
Ficha técnica
- Bloque
- Uso de sustancias peligrosas
- BlockL3-QE1
Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.
Preguntas frecuentes sobre QE12
Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, QE12 (Uso peligroso de nicotina) corresponde a Z642 (PROBLEMAS RELACIONADOS CON LA SOLICITUD O ACEPTACION DE INTERVENCIONES FISICAS, NUTRICIONALES Y QUIMICAS, CONOCIENDO SU RIESGO Y PELIGRO) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.
Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.
Códigos relacionados
- QE10Uso peligroso de alcohol
- QE11Uso de drogas peligrosas
- QE11.0Uso peligroso de opioides
- QE11.1Uso peligroso de cannabis
- QE11.2Uso peligroso de sedantes, hipnóticos o ansiolíticos
- QE11.3Uso peligroso de cocaína
- QE11.4Uso peligroso de estimulantes, incluidas las anfetaminas y las metanfetaminas
- QE11.5Uso peligroso de cafeína
- QE11.6Uso peligroso de MDMA u otras drogas relacionadas
- QE11.7Uso peligroso de drogas disociativas como la ketamina o la fenciclidina
- QE11.8Uso peligroso de otras sustancias psicoactivas especificadas
- QE11.9Uso peligroso de sustancias psicoactivas desconocidas o no especificadas
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