GES N° 18

VIH/SIDA

Nombre oficial: Síndrome de la inmunodeficiencia adquirida vih/sida

Problema de salud GES del Decreto Supremo N° 29 de 2025, vigente desde el 1 de diciembre de 2025 · Infecciones

Quién está cubierto

Población
Personas de 15 años y más
Área
Infecciones
Modalidad de atención
Ambulatorio
Etapas cubiertas
Tratamiento · Seguimiento · Diagnóstico

Las cuatro garantías

Acceso

Toda persona beneficiaria de FONASA o Isapre con el diagnóstico confirmado tiene derecho a las prestaciones garantizadas; no le pueden negar la atención. El derecho se activa cuando el prestador notifica al paciente mediante el Formulario de Constancia de Información al Paciente GES.

Oportunidad

El plazo máximo por etapa (garantía de oportunidad) lo fija el Decreto Supremo N° 29 de 2025. Consúltalo en el decreto oficial.

Protección financiera

FONASA: copago cero (Ley 21.674). Isapre: copago de hasta el 20% del valor de cada prestación según el arancel GES (Listado Específico de Prestaciones), con tope de deducible anual y cobertura adicional para enfermedades catastróficas (CAEC).

Calidad

Las prestaciones se otorgan en la red de prestadores que designe FONASA o la Isapre, con los estándares de calidad y los prestadores acreditados que define el Ministerio de Salud.

Plazos por etapa (garantía de oportunidad)

El plazo máximo por etapa (garantía de oportunidad) lo fija el Decreto Supremo N° 29 de 2025. Consúltalo en el decreto oficial. Decreto 29 (MINSAL).

Prestaciones garantizadas (LEP)

El Listado Específico de Prestaciones del Decreto 29 garantiza 121 prestaciones para este problema, en las etapas de tratamiento, seguimiento, diagnóstico. Ver el detalle en el LEP oficial (MINSAL).

Códigos CIE-10 asociados (referencial)

Mapeo referencial de Cliini, no un mapa oficial MINSAL/SIGGES. Sirve para orientar la codificación; verifica el diagnóstico exacto del caso.

¿Cómo se activa el GES? (paciente)

  1. Un médico confirma el diagnóstico y te informa de tu derecho GES con el Formulario de Constancia de Información al Paciente GES.
  2. En FONASA presentas el problema en tu centro de salud (Cesfam/consultorio); en Isapre lo activas en la sucursal o el canal en línea.
  3. FONASA o la Isapre te asignan la red de prestadores. En Isapre pierdes la cobertura GES si te atiendes fuera de esa red.
  4. Si no se cumplen las garantías, puedes reclamar ante FONASA o la Isapre y, en segunda instancia, ante la Superintendencia de Salud.

Para el médico

Al confirmar este diagnóstico GES tienes la obligación de notificar al paciente su derecho mediante el Formulario de Constancia de Información al Paciente GES (Art. 24°, Ley 19.966).

Generar el Formulario de Constancia GES

Fuente: Decreto Supremo N° 29 de 2025 y Superintendencia de Salud (nombres oficiales, corte a 31 de marzo de 2026). Información referencial; no es una fuente oficial. Ante dudas, consulta el decreto y la Superintendencia de Salud.

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