5C53

Errores congénitos del metabolismo energético

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Ficha técnica

Bloque
Errores congénitos del metabolismo
BlockL2-5C5
Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
E889 · TRASTORNO METABOLICO, NO ESPECIFICADO
E889

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre 5C53

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 5C53 (Errores congénitos del metabolismo energético) corresponde a E889 (TRASTORNO METABOLICO, NO ESPECIFICADO) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

5C53 tiene 7 subdivisiones en la linealización MMS: 5C53.0 (Trastornos del metabolismo del piruvato), 5C53.1 (Trastornos del ciclo del ácido cítrico), 5C53.2 (Trastornos de la fosforilación oxidativa mitocondrial), 5C53.3 (Trastornos del transporte a través de las membranas mitocondriales), 5C53.4 (Trastornos del metabolismo de la creatina), 5C53.Y (Otros errores congénitos especificados del metabolismo energético), 5C53.Z (Errores congénitos del metabolismo energético, sin especificación). Si la historia clínica lo permite, usa el código más específico.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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