6C49

Trastornos debidos al uso de alucinógenos

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Los trastornos debidos al uso de alucinógenos se caracterizan por el patrón y las consecuencias de su uso. Varios miles de compuestos tienen propiedades alucinógenas, muchas de las cuales se encuentran en plantas (por ejemplo, mescalina) y hongos (por ejemplo, psilocibina) o se sintetizan químicamente (por ejemplo, dietilamida del ácido lisérgico [LSD]). Estos compuestos tienen principalmente propiedades alucinógenas, pero algunos también pueden ser estimulantes. Gran parte de la morbilidad asociada con estos compuestos se debe a los efectos agudos relacionados con la intoxicación por alucinógenos. La dependencia de alucinógenos es rara y no se describe la abstinencia de alucinógenos. Entre los trastornos mentales relacionados con el uso de alucinógenos, el trastorno psicótico inducido por alucinógenos es el que se observa con más frecuencia, aunque en todo el mundo sigue siendo muy poco común.

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1967909777.

Ficha técnica

Bloque
Trastornos debidos al uso de sustancias
BlockL2-6C4
Postcoordinación
Asociado con — códigos de extensión unidos con «&»
1

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre 6C49

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 6C49 (Trastornos debidos al uso de alucinógenos) corresponde a F169 (TRASTORNOS MENTALES Y DEL COMPORTAMIENTO DEBIDOS AL USO DE ALUCINOGENOS, TRASTORNO MENTAL Y DEL COMPORTAMIENTO, NO ESPECIFICADO) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

6C49 tiene 9 subdivisiones en la linealización MMS: 6C49.0 (Episodio de uso nocivo de alucinógenos), 6C49.1 (Patrón nocivo de uso de alucinógenos), 6C49.2 (Dependencia de los alucinógenos), 6C49.3 (Intoxicación por alucinógenos), 6C49.4 (Delirium inducido por alucinógenos), 6C49.5 (Trastorno psicótico inducido por alucinógenos), 6C49.6 (Ciertos trastornos mentales o del comportamiento especificados inducidos por alucinógenos), 6C49.Y (Otros trastornos especificados debidos al uso de alucinógenos), 6C49.Z (Trastornos debidos al uso de alucinógenos, sin especificación). Si la historia clínica lo permite, usa el código más específico.

La CIE-11 permite precisar opcionalmente asociado con. La postcoordinación se escribe uniendo los códigos con «&» (código base & extensión).

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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