6C49.10

Patrón nocivo de uso de alucinógenos, episódico

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Se trata de un patrón de consumo episódico o intermitente de alucinógenos que ha causado daños a la salud física o mental de una persona, o ha provocado un comportamiento que condujo a daño a la salud de los demás. El patrón de consumo de alucinógenos es evidente durante un período de doce meses al menos. El daño a la salud de la persona ocurre por una o varias de las siguientes posibilidades: 1) comportamiento relacionado con la intoxicación; 2) efectos tóxicos directos o secundarios en los órganos y sistemas del cuerpo; y 3) vía perjudicial de administración. El daño a la salud de terceros incluye toda forma de daño físico, incluidos los traumatismos, o de trastorno mental que pueda atribuirse directamente a un comportamiento debido a la intoxicación por alucinógenos por parte de la persona a la que se aplica el diagnóstico de patrón nocivo de consumo de alucinógenos. Un patrón de consumo de alucinógenos episódico o intermitente que ha causado un daño clínicamente significativo para la salud física o mental de una persona o en cuyo comportamiento inducido por alucinógenos ha causado un daño clínicamente significativo para la salud de otras personas. El patrón de uso de alucinógenos episódico o intermitente es evidente durante un período de al menos 12 meses. El daño puede ser causado por los efectos intoxicantes de alucinógenos, los efectos tóxicos directos o secundarios en los órganos del cuerpo y sistemas, o una ruta perjudiciales de la administración.
Exclusiones (codifícalas aparte)
Episodio de uso nocivo de alucinógenos 6C49.0 · Dependencia de los alucinógenos 6C49.2

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/275556525.

Ficha técnica

Bloque
Trastornos debidos al uso de sustancias
BlockL2-6C4
Postcoordinación
Medicamento · Manifestación · Asociado con — códigos de extensión unidos con «&»
3

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre 6C49.10

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 6C49.10 (Patrón nocivo de uso de alucinógenos, episódico) corresponde a F161 (TRASTORNOS MENTALES Y DEL COMPORTAMIENTO DEBIDOS AL USO DE ALUCINOGENOS, USO NOCIVO) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

La CIE-11 permite precisar opcionalmente medicamento y manifestación y asociado con. La postcoordinación se escribe uniendo los códigos con «&» (código base & extensión).

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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