GB90.45

Glucosuria renal

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Glucosuria (esto es, presencia de glucosa en la orina) con niveles normales de glucosa en la sangre por reabsorción insuficiente en los túbulos renales. Puede deberse a filtración glomerular superior a lo normal (como ocurre durante el embarazo o en las nefronas residuales en caso de insuficiencia renal) o a una disminución de la reabsorción tubular.
También se encuentra como
glicosuria renal · Glucosuria renal asociada a la insuficiencia renal aguda o crónica · Glicosuria renal asociada a la insuficiencia renal aguda o crónica · Glucosuria renal asociada a trastornos familiares o genéticos clasificados en otra parte · Glicosuria renal asociada a trastornos familiares o genéticos clasificados en otra parte

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1486280298.

Ficha técnica

Bloque
Enfermedades del sistema urinario
BlockL1-GB4

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre GB90.45

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, GB90.45 (Glucosuria renal) corresponde a E748 (OTROS TRASTORNOS ESPECIFICADOS DEL METABOLISMO DE LOS CARBOHIDRATOS) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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