LD20

Síndromes con anomalías del sistema nervioso central como característica destacada

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Contenido oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Exclusiones (codifícalas aparte)
síndrome de Meckel LD2F.13

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1800958996.

Ficha técnica

Bloque
Anomalías o síndromes múltiples del desarrollo
BlockL1-LD2
Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
Sin equivalencia directa
·

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre LD20

El mapa oficial de la OMS no define una equivalencia CIE-10 directa para LD20 (Síndromes con anomalías del sistema nervioso central como característica destacada). En la transición, codifica en CIE-10 con el código clínicamente más cercano según tu criterio y la documentación del caso.

LD20 tiene 7 subdivisiones en la linealización MMS: LD20.0 (Síndromes con anomalías cerebelosas como característica destacada), LD20.1 (Síndromes con lisencefalia como característica destacada), LD20.2 (Síndromes con microcefalia como característica destacada), LD20.3 (Síndromes con holoprosencefalia como característica destacada), LD20.4 (Síndromes con calcificaciones cerebrales como característica principal), LD20.Y (Otros síndromes especificados con anomalías del sistema nervioso central como característica destacada), LD20.Z (Síndromes con anomalías del sistema nervioso central como característica destacada, sin especificación). Si la historia clínica lo permite, usa el código más específico.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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