5C51.20

Hiperoxaluria primaria de tipo 1

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Trastorno metabólico infrecuente debido a un defecto de la enzima hepática peroxisomal L-alanina:glioxilato-aminotransferasa (AGT). La forma primoinfantil se caracteriza por insuficiencia renal crónica debida a depósitos masivos de oxalato. En otros pacientes, se manifiesta por urolitiasis con infecciones, hematuria, cólicos renales o insuficiencia renal aguda por obstrucción completa. La insuficiencia renal terminal aparece antes de los 15 años de edad en la mitad de los casos, y el aumento resultante de oxalatos circulantes conduce a su depósito en los tejidos, lo cual causa defectos de conducción cardíaca, hipertensión arterial, gangrena distal y artralgias con disminución de la movilidad articular.
También se encuentra como
deficiencia de alanina-glioxilato-aminotransferasa · oxalosis de tipo 1 · deficiencia de 2-oxoglutarato-glioxilato-carboligasa

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/692812009.

Ficha técnica

Bloque
Errores congénitos del metabolismo
BlockL2-5C5

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre 5C51.20

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 5C51.20 (Hiperoxaluria primaria de tipo 1) corresponde a E749 (TRASTORNO DEL METABOLISMO DE LOS CARBOHIDRATOS, NO ESPECIFICADO) en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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