8A03

Trastornos atáxicos

Código de la CIE-11 (MMS 2026-01, OMS). En Colombia, la CIE-11 rige con codificación dual durante la transición — Resoluciones 1442 de 2024 y 1657 de 2025, hasta el 14 de agosto de 2027.

Definición oficial de la OMS (CIE-11 en español)

Son trastornos asociados con ataxia. La palabra "ataxia", viene de la palabra Griega, "a taxis", que significa "sin orden o incoordinación". La palabra ataxia significa sin coordinación. Las personas con ataxia tienen problemas con la coordinación porque las partes del sistema nervioso que controlan el movimiento y el equilibrio están afectadas. La ataxia puede afectar los dedos, las manos, los brazos, las piernas, el cuerpo, el habla y los movimientos oculares.

Texto oficial reproducido sin modificaciones. International Classification of Diseases, Eleventh Revision (ICD-11), World Health Organization (WHO) 2019, https://icd.who.int/browse11. Licensed under the Creative Commons Attribution-NoDerivatives 3.0 IGO licence (CC BY-ND 3.0 IGO). Entidad: id.who.int/icd/release/11/2026-01/mms/1705355202.

Ficha técnica

Bloque
Trastornos del movimiento
BlockL1-8A0
Equivalencia CIE-10 (mapa OMS)
G11
G11X

Fuente: linealización MMS de la CIE-11 (OMS) en español y tablas de equivalencia oficiales, versión 2026-01 (actualizada al 17 de enero de 2026). Información de referencia: para efectos de reporte, verifica siempre la normativa vigente.

Preguntas frecuentes sobre 8A03

Según la tabla de equivalencias oficial de la OMS, 8A03 (Trastornos atáxicos) corresponde a G11X en la CIE-10. La correspondencia entre ambas clasificaciones no siempre es uno a uno: verifica el caso clínico antes de codificar.

8A03 tiene 6 subdivisiones en la linealización MMS: 8A03.0 (Ataxia congénita), 8A03.1 (Ataxia hereditaria), 8A03.2 (Ataxia degenerativa no hereditaria), 8A03.3 (Ataxia adquirida), 8A03.Y (Otros trastornos atáxicos especificados), 8A03.Z (Trastornos atáxicos, sin especificación). Si la historia clínica lo permite, usa el código más específico.

Colombia adoptó la CIE-11 con la Resolución 1442 de 2024 y estableció una transición con codificación dual CIE-10/CIE-11 que la Resolución 1657 de 2025 extendió hasta el 14 de agosto de 2027. Durante la transición puedes reportar ambos códigos; después, la CIE-11 será la clasificación de referencia.

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