Consentimiento informado · Argentina
Generador de consentimiento informado odontológico
Completá el formulario y obtené el consentimiento informado odontológico con tu membrete: datos del paciente (nombre, DNI, edad), representante cuando es menor o no puede decidir, y las secciones de información ya cargadas con un texto base para odontología —el procedimiento y la pieza o zona a tratar, la anestesia local, el número aproximado de turnos, los beneficios, los riesgos (dolor, inflamación, infección, fractura, lesión de piezas vecinas, alteración de la sensibilidad), las alternativas con sus costos, las consecuencias de no tratarse, los cuidados posteriores y la autorización para radiografías y fotos clínicas— que adaptás a tu caso. El documento imprime la declaración numerada, las firmas, testigos opcionales y la revocación en el mismo documento, como pide el Decreto 1089/2012. Todo ocurre en tu navegador: nada de lo que escribís sale de él.
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Tú escuchas al paciente. Cliini escribe la nota por ti.
Cliini escucha tu consulta y entrega la nota estructurada con códigos sugeridos, récipe e indicaciones — lista para tu historia clínica.
Motivo de consulta
Cefalea pulsátil hemicraneal de 24 horas.
Enfermedad actual
Inicio matutino, EVA 7/10, fotofobia y náusea sin vómito. Tercer episodio en el mes. Mejora parcial con AINE habitual.
Antecedentes personales
HTA dx hace 4 años, controlada con losartán 50 mg/d. Niega alergias medicamentosas.
Examen físico · Signos vitales
TA 130/85 · FC 78 · T° 36.8 · EVA 7/10. Sin focalización neurológica. Romberg negativo.
Impresión diagnóstica · CIE-10
G43.9Migraña sin aurasugerido
Plan
Sumatriptán 50 mg VO ante crisis. Diario de cefaleas por 2 semanas. Mantener losartán 50 mg/d. Control en 7 días.
Herramienta de referencia para profesionales de la salud. Genera el formato del documento; el contenido, la firma y la validez son responsabilidad del profesional que lo expide. No es asesoría legal ni tributaria.
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Qué es el consentimiento informado odontológico y cuándo se usa
El consentimiento informado odontológico es el documento con el que el paciente acepta un tratamiento dental después de que el odontólogo le explicó su estado de salud bucal, el procedimiento propuesto y sus objetivos, los beneficios, los riesgos, molestias y efectos adversos previsibles, las alternativas con sus riesgos, beneficios y perjuicios, y qué puede pasar si no se trata. Esos son los elementos que exige la Ley 26.529 de Derechos del Paciente (artículo 5), que rige para toda actuación profesional en el ámbito médico-sanitario, pública o privada (artículo 6), y que el Código Civil y Comercial repite para los actos médicos (artículo 59).
La ley pide la forma escrita y firmada, entre otros casos, para la intervención quirúrgica y los procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasivos (artículo 7): buena parte de la práctica odontológica —extracciones, endodoncias, cirugía periodontal, implantes— entra ahí. El Decreto 1089/2012 exige que el documento escrito tenga una explicación taxativa y pautada de lo que se hará, redactada en términos que el paciente comprenda, firmada por él y por el profesional tratante y agregada a la historia clínica (artículo 7). En odontología, la historia clínica debe contener además registros odontológicos que permitan identificar al paciente (Ley 26.529, artículo 15, inciso f).
La página es el mismo motor de consentimiento informado con el procedimiento odontológico preseleccionado. El texto base es prudente y general: escribí el procedimiento concreto —«exodoncia de la pieza 36», «tratamiento de conducto de la pieza 21»—, los riesgos propios de ese procedimiento y de ese paciente, y las alternativas con sus costos. El pie cita la Ley 26.529, su decreto reglamentario, el Código Civil y Comercial y la ley de ejercicio de la odontología de la jurisdicción.
Qué debe contener
- Identificación del paciente —nombre, DNI, edad— y, si consiente otra persona, la del representante con su documento y su vínculo.
- El procedimiento propuesto con la pieza o zona a tratar (numeración FDI), el tipo de anestesia y el número aproximado de turnos.
- Beneficios esperados; riesgos, molestias y efectos adversos previsibles, generales y propios del paciente (anticoagulación, diabetes, bifosfonatos, embarazo).
- Alternativas de tratamiento, con sus riesgos, beneficios, perjuicios y costos aproximados, incluida la de no tratarse, y sus consecuencias previsibles.
- Cuidados posteriores y compromisos del paciente; autorización para radiografías y fotos clínicas.
- Firma del paciente o de su representante y del odontólogo tratante con su matrícula; apartado de revocación en el mismo documento. El original se agrega a la historia clínica odontológica.
Marco normativo
La Ley 26.529, modificada por la Ley 26.742, reconoce al paciente el derecho a aceptar o rechazar terapias o procedimientos con o sin expresión de causa (artículo 2, inciso e), define el consentimiento informado y la información que lo precede (artículo 5), lo exige para toda actuación profesional (artículo 6), fija cuándo va por escrito —intervención quirúrgica y procedimientos invasivos, entre otros— (artículo 7) y lo declara revocable (artículo 10). Los consentimientos forman parte de la historia clínica (artículo 16), que en odontología debe incluir registros odontológicos que permitan identificar al paciente (artículo 15, inciso f) y se conserva al menos diez años desde la última actuación registrada (artículo 18).
El Decreto 1089/2012 reglamenta la instrumentación: el consentimiento escrito consta de una explicación taxativa y pautada, en términos comprensibles y sin ambigüedades, lo firman el paciente —o las personas habilitadas— y el profesional tratante, y se agrega a la historia clínica; la revocación se consigna en el mismo texto, con las consecuencias que el paciente declara conocer y nueva firma; si no puede firmar, dos testigos (artículo 7).
El ejercicio de la odontología lo regula cada jurisdicción. En el ámbito nacional rige la Ley 17.132, cuyo título III autoriza el ejercicio a dentistas, odontólogos y doctores en odontología con la matrícula correspondiente (artículo 24), los faculta a certificar lo que comprueban (artículo 27), los obliga a pedir la colaboración del médico cuando surjan complicaciones que excedan su profesión (artículo 29) y les impone el secreto profesional (artículo 11). Cada provincia tiene su propia ley de ejercicio y su colegio o matrícula provincial. Los datos de salud del paciente son sensibles (Ley 25.326, artículo 2) y el profesional los trata respetando el secreto profesional (artículo 8).
Límites de esta herramienta
- Genera el formato: la validez del consentimiento la dan la información que efectivamente diste, la comprensión del paciente y las firmas, no la herramienta.
- El texto base es general; no reemplaza el consentimiento específico de procedimientos complejos (implantes, cirugía de terceros molares, ortodoncia, sedación). Completá los riesgos y las alternativas de tu caso.
- Si atendés en una clínica o por una obra social o prepaga que tiene su propio formulario, este documento puede complementarlo, no sustituirlo.
- No genera el odontograma ni el presupuesto: adjuntalos a la historia clínica. Tampoco genera recetas: en la Argentina la prescripción se hace en recetas electrónicas o digitales (Ley 27.553).
- No es firma digital: imprimilo y firmalo con el paciente, o firmá el PDF con tu propio certificado. No guarda documentos ni pacientes: guardá el PDF cuando lo generes.
Fuentes. Ley 26.529 de Derechos del Paciente, modificada por la Ley 26.742 (texto actualizado en InfoLEG), artículos 2, 5, 6, 7, 8, 10, 15 (inciso f, historia clínica odontológica), 16 y 18. (enlace) · Decreto 1089/2012, reglamentación de la Ley 26.529, artículo 7 (instrumentación del consentimiento escrito y su revocación). (enlace) · Ley 17.132, título III, de los odontólogos (texto actualizado en InfoLEG), artículos 11, 24, 27 y 29. (enlace) · Código Civil y Comercial de la Nación (Ley 26.994), artículos 26 y 59. (enlace) · Ley 25.326 de Protección de los Datos Personales, artículos 2 y 8. (enlace) · Contenido revisado el 28 de septiembre de 2026.
Preguntas frecuentes
La Ley 26.529 exige la forma escrita en la intervención quirúrgica y en los procedimientos diagnósticos y terapéuticos invasivos, entre otros casos (artículo 7): extracciones, cirugías, endodoncias e implantes entran ahí. Para una consulta o una limpieza el consentimiento puede ser verbal, asentado en la historia clínica con su fecha y alcance (Decreto 1089/2012, artículo 7). En la práctica, muchos consultorios lo firman al iniciar cualquier plan de tratamiento.
Los riesgos, molestias y efectos adversos previsibles del procedimiento concreto (Ley 26.529, artículo 5, inciso d), y los propios del paciente. En una extracción, por ejemplo: dolor, inflamación, sangrado, alveolitis, infección, lesión de piezas vecinas, comunicación bucosinusal en molares superiores y alteración de la sensibilidad del labio o la lengua en molares inferiores. El texto base trae una lista general; completala en «Riesgos particulares de este paciente».
Con menores de trece años firman los progenitores o el representante. Entre los trece y los dieciséis, el adolescente decide por sí los tratamientos no invasivos que no comprometen su salud, y en los invasivos consiente con la asistencia de sus progenitores; desde los dieciséis decide como un adulto sobre el cuidado de su propio cuerpo (Código Civil y Comercial, artículo 26). Completá la sección «Representante legal» y el documento deja línea para el asentimiento.
La ley pide informar los procedimientos alternativos con sus riesgos, beneficios y perjuicios (Ley 26.529, artículo 5, inciso e); para el paciente, el costo es parte de esa comparación. El texto base incluye las alternativas «con sus costos aproximados»; el presupuesto detallado conviene entregarlo aparte y agregarlo a la historia clínica.
Sí, con fines de diagnóstico y seguimiento: el texto base incluye la autorización. Son parte de la historia clínica y datos de salud, sensibles según la Ley 25.326. Para usarlas con cualquier otro fin —una publicación, una presentación académica, redes— hace falta una autorización aparte; la Ley 26.529 exige consentimiento para la exposición con fines académicos (artículo 8).
No. El formulario, la vista previa y el PDF se generan en tu navegador; ningún dato del paciente se envía a un servidor ni queda registrado. Lo único que se conserva, en el almacenamiento local de tu propio navegador y solo si lo guardás, es tu membrete. Podés borrarlo cuando quieras.
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