Informes y remisiones · Argentina
Generador de informe médico y epicrisis
Completá el formulario y obtené el informe médico con tu membrete: datos del paciente (nombre, DNI, edad y sexo), tipo de atención (consulta, internación, guardia, procedimiento o teleconsulta), fechas de ingreso y alta, motivo, enfermedad actual, antecedentes, examen físico, estudios complementarios, diagnóstico principal y secundarios con código CIE-10, tratamiento, evolución, estado actual, pronóstico, plan y controles. Si la atención fue una internación con fecha de alta, el documento se titula como epicrisis. Es el resumen escrito de la historia clínica que el paciente tiene derecho a recibir para pedir una segunda opinión o continuar su atención. Todo ocurre en tu navegador: nada de lo que escribís sale de él.
Todo ocurre en tu navegador: no guardamos nada de lo que escribes.
Tú escuchas al paciente. Cliini escribe la nota por ti.
Cliini escucha tu consulta y entrega la nota estructurada con códigos sugeridos, récipe e indicaciones — lista para tu historia clínica.
Motivo de consulta
Cefalea pulsátil hemicraneal de 24 horas.
Enfermedad actual
Inicio matutino, EVA 7/10, fotofobia y náusea sin vómito. Tercer episodio en el mes. Mejora parcial con AINE habitual.
Antecedentes personales
HTA dx hace 4 años, controlada con losartán 50 mg/d. Niega alergias medicamentosas.
Examen físico · Signos vitales
TA 130/85 · FC 78 · T° 36.8 · EVA 7/10. Sin focalización neurológica. Romberg negativo.
Impresión diagnóstica · CIE-10
G43.9Migraña sin aurasugerido
Plan
Sumatriptán 50 mg VO ante crisis. Diario de cefaleas por 2 semanas. Mantener losartán 50 mg/d. Control en 7 días.
Herramienta de referencia para profesionales de la salud. Genera el formato del documento; el contenido, la firma y la validez son responsabilidad del profesional que lo expide. No es asesoría legal ni tributaria.
¿Te pareció útil esta herramienta?
Qué es el informe médico y cuándo se usa
El informe médico es el resumen escrito de una atención: qué le pasaba al paciente, qué se encontró, qué se diagnosticó, qué se hizo y qué sigue. Tras una internación, ese resumen de alta se llama epicrisis. Lo pide el propio paciente para llevar a otro profesional, la obra social o la prepaga para autorizar una prestación, un colegio, un empleador o un organismo para un trámite. La Ley 26.529 de Derechos del Paciente reconoce el derecho a recibir la información sanitaria por escrito para obtener una segunda opinión sobre el diagnóstico, el pronóstico o el tratamiento (artículo 2, inciso g), y define la información sanitaria como la que, de manera clara, suficiente y adecuada a la capacidad de comprensión del paciente, informa sobre su estado de salud, los estudios y tratamientos y su evolución previsible (artículo 3).
El informe no es la historia clínica: la resume. La historia clínica es el documento obligatorio, cronológico, foliado y completo en el que consta toda actuación realizada al paciente (artículo 12); el paciente es su titular y puede pedir una copia, que se le entrega dentro de las cuarenta y ocho horas (artículo 14). Cuando alguien que no es el paciente pide el informe —la obra social, un empleador—, la información sanitaria solo se da a terceros con autorización del paciente (artículo 4).
El formato ordena el contenido como lo espera quien lo lee: identificación, tipo de atención y fechas, motivo, enfermedad actual, antecedentes, examen físico y estudios, diagnósticos con CIE-10, tratamiento, evolución, estado al alta o actual, pronóstico, plan y controles. El campo de reposo o restricciones es opcional y descriptivo: si el paciente necesita justificar faltas al trabajo, ese certificado se emite aparte en una plataforma digital registrada (Ley de Contrato de Trabajo, artículo 210).
Qué debe contener
- Lugar y fecha, y a quién va dirigido si no es el propio paciente.
- Identificación del paciente: nombre, DNI, edad y sexo.
- Tipo de atención y fechas: de la consulta, o de ingreso y de alta en una internación.
- Motivo de consulta o de internación, enfermedad actual, antecedentes relevantes, examen físico y estudios complementarios.
- Diagnóstico principal y secundarios, con su código CIE-10.
- Tratamiento realizado, evolución, estado al alta o actual, pronóstico si lo consignás, plan, recomendaciones y controles.
- Nombre del profesional, matrícula, firma y sello.
Marco normativo
La Ley 26.529, modificada por la Ley 26.742, reconoce al paciente el derecho a recibir la información sanitaria necesaria vinculada a su salud (artículo 2, inciso f) y a recibirla por escrito para obtener una segunda opinión (artículo 2, inciso g); define la información sanitaria (artículo 3) y exige la autorización del paciente para brindarla a terceros, con las previsiones para quien no puede comprenderla (artículo 4). Garantiza además la confidencialidad de la documentación clínica (artículo 2, inciso d).
La historia clínica es el documento obligatorio, cronológico, foliado y completo de toda actuación realizada al paciente (artículo 12), y debe asentar, entre otros datos, los antecedentes, los actos realizados o indicados, los estudios, el diagnóstico, el pronóstico, el procedimiento, la evolución y, en especial, los ingresos y altas médicas, sobre la base de nomenclaturas y modelos universales (artículo 15). Su titular es el paciente, que puede pedir copia autenticada, a entregar dentro de las cuarenta y ocho horas (artículo 14). El informe resume esos asientos con la nomenclatura CIE-10.
Los datos que contiene son sensibles (Ley 25.326, artículo 2) y el profesional los trata respetando el secreto profesional (artículo 8). La Ley 17.132 prohíbe dar a conocer lo que el profesional supo con motivo o en razón de su ejercicio, salvo los casos que otras leyes determinen o para evitar un mal mayor (artículo 11), y la faculta a certificar lo que comprobó, precisando la identidad del titular (artículo 17). El Código Penal castiga la revelación sin justa causa de un secreto profesional (artículo 156).
Límites de esta herramienta
- Genera el formato: la veracidad y la completitud las da lo que registraste en la historia clínica, no la herramienta.
- No reemplaza la copia de la historia clínica que el paciente tiene derecho a pedir (Ley 26.529, artículo 14), ni los formularios propios de una obra social, una prepaga, una ART o un organismo.
- No es el certificado que justifica inasistencias laborales por enfermedad: ese se emite en una plataforma digital inscripta en el ReNaPDiS (Ley de Contrato de Trabajo, artículo 210; Decreto 407/2026).
- No genera recetas: en la Argentina la prescripción de medicamentos se hace en recetas electrónicas o digitales (Ley 27.553). Si indicás medicación, describila en el plan y prescribila en tu plataforma.
- No es firma digital: imprimilo y firmalo, o firmá el PDF con tu propio certificado. No guarda documentos ni pacientes: guardá el PDF cuando lo generes.
Fuentes. Ley 26.529 de Derechos del Paciente, Historia Clínica y Consentimiento Informado, modificada por las Leyes 26.742 y 26.812 (texto actualizado en InfoLEG), artículos 2, 3, 4, 12, 14 y 15. (enlace) · Ley 25.326 de Protección de los Datos Personales, artículos 2 y 8. (enlace) · Ley 17.132, reglas para el ejercicio de la medicina (texto actualizado en InfoLEG), artículos 11 (secreto) y 17 (certificación). (enlace) · Ley 20.744 de Contrato de Trabajo (texto ordenado), artículo 210 según la Ley 27.802 (B.O. 6/3/2026). (enlace) · Contenido revisado el 28 de septiembre de 2026.
Preguntas frecuentes
Son nombres de un mismo tipo de documento según el contexto. Epicrisis es el resumen que se hace al alta de una internación: el formato usa ese título cuando elegís «Hospitalización» y cargás la fecha de alta. Informe médico o resumen de historia clínica es el que resume una o varias consultas ambulatorias, para el paciente, otro profesional o la obra social. Ninguno reemplaza a la historia clínica, que es el registro completo (Ley 26.529, artículo 12).
Sí. La Ley 26.529 le reconoce el derecho a recibir la información sanitaria vinculada a su salud y a recibirla por escrito para obtener una segunda opinión (artículo 2, incisos f y g). Además es el titular de su historia clínica y puede pedir una copia, que debe entregársele dentro de las cuarenta y ocho horas (artículo 14). El informe es la forma práctica de darle un resumen legible.
Solo con autorización del paciente: la información sanitaria se da a terceros con su consentimiento (Ley 26.529, artículo 4) y los datos de salud son sensibles (Ley 25.326, artículo 2). Lo habitual es entregárselo al paciente y que él lo presente. Si va dirigido a un tercero, completá «Dirigido a» e incluí solo lo necesario para el fin.
No. Podés consignar el reposo indicado como parte del plan, pero el certificado que justifica inasistencias laborales por enfermedad tiene que emitirse firmado digitalmente en una plataforma autorizada, con diagnóstico, tratamiento y días de reposo (Ley de Contrato de Trabajo, artículo 210, según la Ley 27.802; Decreto 407/2026). Emitilo en tu plataforma de prescripción electrónica.
Escribí el diagnóstico en el campo y elegí el código del buscador; se imprime con el código y la descripción. La Ley 26.529 pide que los asientos de la historia clínica se hagan sobre nomenclaturas y modelos universales adoptados por la autoridad sanitaria (artículo 15), y la CIE-10 es la clasificación de uso habitual. Los diagnósticos secundarios van uno por línea.
No. El formulario, la vista previa y el PDF se generan en tu navegador; ningún dato del paciente se envía a un servidor ni queda registrado. Lo único que se conserva, en el almacenamiento local de tu propio navegador y solo si lo guardás, es tu membrete. Si necesitás volver a imprimir el informe, guardá el PDF cuando lo generes.
El mismo documento en otro país
- Epicrisis · Colombia
En Colombia: epicrisis.
- Epicrisis (Chile) · Chile
En Chile: epicrisis.
- Epicrisis · Perú
En Perú: epicrisis.
- Informe médico · México
En México: informe médico (resumen clínico).
- Informe médico · Venezuela
En Venezuela: informe médico.
- Informe médico · España
En España: informe médico.
- Informe médico · Panamá
En Panamá: informe médico.
Otros generadores
Herramientas que ayudan a llenarlo
Este formato lo llenaste tú. La historia clínica la escribe Cliini.
Cliini escucha tu consulta y entrega la nota estructurada con códigos sugeridos, récipe e indicaciones — lista para tu historia clínica.