Prescripción · Paraguay

Generador de receta médica

Llena el formulario y obtén la receta médica con tu membrete: nombre, especialidad, número de registro profesional y contacto del médico; nombre, cédula de identidad (C.I.) y edad del paciente; diagnóstico con código CIE-10; la tabla «Rp.» con cada medicamento por su nombre genérico, concentración, forma farmacéutica, dosis, vía, frecuencia, duración y cantidad total en letras y en cifra; y una segunda hoja con las indicaciones para el paciente en lenguaje llano. Si marcas que incluye antibióticos de uso sistémico, se imprime la leyenda «Válido por cinco días de su emisión». La imprimes, la firmas y la sellas. Todo ocurre en tu navegador.

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Preparando el formulario…

Herramienta de referencia para profesionales de la salud. Genera el formato del documento; el contenido, la firma y la validez son responsabilidad del profesional que lo expide. No es asesoría legal ni tributaria.

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Qué es la receta médica y cuándo se usa

La receta médica es la orden escrita con la que el profesional prescribe medicamentos para que la farmacia los dispense. En Paraguay la regulan varias normas. El Código Sanitario, Ley 836/80, encarga al Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social determinar qué medicamentos se venden con receta archivada, con receta médica o libremente (artículo 267) y ordena a los farmacéuticos no despachar las recetas que no se ajusten a las normas, o demorarlas y consultar al profesional cuando tengan motivos fundados para sospechar un error (artículo 220). La Ley 2.320/2003 obliga a prescribir por el nombre genérico, es decir, por la Denominación Común Internacional (artículo 3).

Los antibióticos tienen una regla propia desde el 1 de noviembre de 2018: los de uso sistémico —orales o inyectables, no los tópicos— se venden solo con receta simple archivada, que la farmacia retiene y guarda dos años. Según el Ministerio de Salud, esa receta debe llevar el nombre y el número de cédula del paciente, el diagnóstico, la leyenda en caracteres indelebles, legibles y visibles «válido por cinco días de su emisión», y la firma y el sello del médico con su número de registro profesional. Por eso el generador tiene una casilla para los antibióticos: al marcarla, imprime la leyenda.

El formato tiene dos hojas: la receta, con los datos del paciente, la tabla de medicamentos y el bloque de firma y sello; y las indicaciones para el paciente, que traducen cada renglón a una frase llana —«Amoxicilina 500 mg (cápsula): 1 cápsula por vía oral cada 8 horas durante 7 días»— con tus recomendaciones y el próximo control. Los psicotrópicos y los estupefacientes no se prescriben aquí: tienen la receta simple archivada y el formulario oficial numerado que exige la normativa de sustancias controladas.

Qué debe contener

  • Datos del médico —nombre, especialidad, número de registro profesional y contacto—, que salen de tu membrete, con tu firma y sello.
  • Nombre completo, cédula de identidad (C.I.) y edad del paciente; en la receta de antibióticos, la cédula y el diagnóstico son obligatorios.
  • Cada medicamento por su nombre genérico o Denominación Común Internacional (Ley 2.320/2003, artículo 3), con concentración, forma farmacéutica, dosis, vía, frecuencia y duración.
  • Cantidad total a dispensar, que el generador escribe en letras y en cifra para evitar alteraciones.
  • Si incluye antibióticos de uso sistémico: la leyenda «Válido por cinco días de su emisión», que se imprime al marcar la casilla.
  • Si consideras que un medicamento no debe sustituirse: el nombre genérico y el comercial con la leyenda «NO SUSTITUIBLE», tu firma y tu sello (Ley 2.320/2003, artículo 4). Escríbela en la columna de indicaciones.
  • Lugar y fecha de expedición, y letra legible: la farmacia no debe despachar una receta que no se ajuste a las normas (Código Sanitario, artículo 220).

Marco normativo

El Código Sanitario, Ley 836/80, dispone que los farmacéuticos no despacharán recetas que no se ajusten a las normas legales y reglamentarias, o las demorarán cuando tengan motivos fundados de que existe un error en la prescripción, consultando de inmediato al profesional (artículo 220), y que el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social determina los medicamentos que se expenden con receta archivada, con receta médica y los de venta libre (artículo 267). La Ley 2.320/2003, de promoción de la utilización de medicamentos por su nombre genérico, ordena que toda prescripción se haga por el nombre genérico o Denominación Común Internacional, al que puede añadirse el nombre comercial (artículo 3), y permite al profesional marcar un producto como «NO SUSTITUIBLE», con el nombre genérico, el comercial, su firma y su sello (artículo 4).

Para los antibióticos de uso sistémico rige, desde el 1 de noviembre de 2018, la venta exclusiva con receta simple archivada dispuesta por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social: la receta lleva nombre y cédula del paciente, diagnóstico, la leyenda «válido por cinco días de su emisión» y la firma y el sello del médico con su registro profesional; vale cinco días y la farmacia la archiva dos años. El generador imprime la leyenda cuando marcas la casilla, pero no detecta por sí solo si un medicamento es un antibiótico.

Los estupefacientes se rigen por la Ley 1.340/88: toda receta de las sustancias que regula consta en un formulario especial numerado, en cuadruplicado, provisto por el Ministerio de Salud, escrito a mano, en forma legible y sin enmiendas, con el nombre y el número de registro profesional del médico, y vale ocho días desde su expedición (artículo 6); el médico recibe talonarios para ello (artículo 7). Los psicotrópicos se dispensan con receta simple archivada según la reglamentación de sustancias controladas. Ninguno de esos medicamentos debe prescribirse en este formato.

Límites de esta herramienta

  • Genera el formato: la validez la dan tu firma, tu sello y tu registro profesional. La herramienta no revisa lo que escribes.
  • No sirve para estupefacientes, que exigen el formulario oficial numerado en cuadruplicado del Ministerio de Salud (Ley 1.340/88), ni la recomendamos para psicotrópicos, que tienen su propia receta archivada.
  • No es una receta electrónica ni se conecta a ningún sistema del Ministerio de Salud o de IPS: imprímela y fírmala.
  • No detecta antibióticos ni ajusta la vigencia sola: marca la casilla si la receta incluye uno de uso sistémico. Conviene poner los antibióticos en una receta aparte, porque la leyenda de cinco días se aplica a toda la hoja.
  • No valida dosis, interacciones, alergias ni contraindicaciones, y no sugiere medicamentos.
  • No guarda pacientes ni recetas: guarda el PDF si necesitas reimprimirla y anota la prescripción en tu historia clínica.

Fuentes. Congreso de la Nación Paraguaya. Ley N.º 836/80, Código Sanitario, artículos 220 (recetas que no se ajustan a las normas) y 267 (venta con receta archivada, con receta médica o libre). (enlace) · Congreso Nacional. Ley N.º 2.320/2003, de promoción de la utilización de medicamentos por su nombre genérico, artículos 3 (prescripción por la Denominación Común Internacional) y 4 (leyenda «NO SUSTITUIBLE»). (enlace) · Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social. «Entra en vigencia prohibición de venta de antibióticos sin receta médica» (1 de noviembre de 2018): receta simple archivada, datos obligatorios, leyenda «válido por cinco días de su emisión» y archivo por dos años. (enlace) · Congreso de la Nación Paraguaya. Ley N.º 1.340/88, que reprime el tráfico ilícito de estupefacientes y drogas peligrosas, artículos 6 (formulario especial numerado en cuadruplicado; validez de ocho días) y 7 (talonarios). (enlace) · Contenido revisado el 28 de septiembre de 2026.

Preguntas frecuentes

En la práctica, los datos del médico (nombre, registro profesional y contacto), los del paciente (nombre y cédula), la fecha, cada medicamento por su nombre genérico con su concentración, forma, dosis, vía, frecuencia, duración y cantidad, las indicaciones, y la firma y el sello del médico. La Ley 2.320/2003 exige el nombre genérico y, para los antibióticos de uso sistémico, el Ministerio de Salud exige además la cédula del paciente, el diagnóstico y la leyenda «válido por cinco días de su emisión».

Sí: la Ley 2.320/2003 dispone que toda prescripción se haga por el nombre genérico o Denominación Común Internacional, y admite que se añada el nombre comercial (artículo 3). Si consideras que un producto no debe sustituirse, escribe el nombre genérico y el comercial con la leyenda «NO SUSTITUIBLE», tu firma y tu sello (artículo 4); en ese caso la farmacia puede dispensar la marca indicada.

Cinco días desde su emisión. Desde el 1 de noviembre de 2018 los antibióticos de uso sistémico se venden solo con receta simple archivada que la farmacia retiene, y la receta debe llevar la leyenda «válido por cinco días de su emisión» junto con la cédula del paciente, el diagnóstico y tu firma y sello con el registro profesional. Marca la casilla de antibióticos en el generador y la leyenda se imprimirá.

No. Los estupefacientes exigen el formulario especial numerado, en cuadruplicado, que provee el Ministerio de Salud, escrito a mano y sin enmiendas, válido por ocho días (Ley 1.340/88, artículo 6). Los psicotrópicos se dispensan con receta simple archivada según la reglamentación de sustancias controladas. Este generador es para los medicamentos de venta bajo receta común y los antibióticos.

El Código Sanitario ordena al farmacéutico no despachar la receta que no se ajuste a las normas, o demorarla y consultarte de inmediato si tiene motivos fundados para sospechar un error (artículo 220). Por eso el generador imprime la receta en letra de imprenta, con la cantidad en letras y en cifra, y deja tu teléfono en el membrete.

No. El formulario, la vista previa y el PDF se generan en tu navegador y ningún dato del paciente se envía a un servidor. Lo único que se conserva, en el almacenamiento local de tu propio navegador y solo si lo guardas, es tu membrete: nombre, especialidad, registro profesional, contacto y logo.

Este formato lo llenaste tú. La historia clínica la escribe Cliini.

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