Consentimiento informado · Panamá
Generador de consentimiento informado para psicología
Llena el formulario y obtén el consentimiento informado para atención psicológica con tu membrete: datos del consultante (nombre, cédula o pasaporte, edad), representante cuando es menor de edad o no puede decidir por sí mismo, y las secciones de información ya cargadas con un texto base para psicología —en qué consiste la evaluación y la psicoterapia, objetivos sin promesas de resultado, molestias posibles al abordar temas difíciles, alternativas como la valoración psiquiátrica u otros enfoques, la posibilidad de interrumpir el proceso, el encuadre (puntualidad, cancelaciones, honorarios, contacto entre sesiones, qué hacer ante una crisis) y la confidencialidad con sus límites— que adaptas a tu práctica y a tu consultante. El texto usa el vocabulario panameño (expediente clínico, referencia) y los rótulos del reglamento de la Ley 68. El documento imprime la declaración numerada, las firmas del consultante o de su representante y del profesional, testigos opcionales, la revocación por escrito ante testigo y, al pie, el marco panameño de la psicología. Todo ocurre en tu navegador: nada de lo que escribes sale de él.
Todo ocurre en tu navegador: no guardamos nada de lo que escribes.
Tú escuchas a tu paciente. Cliini escribe la nota de la sesión.
Cliini escucha la sesión y entrega la nota estructurada —motivo, contenido de la sesión, observaciones, evaluación de riesgo y plan— lista para tu historia clínica.
Motivo de sesión
Seguimiento: dificultad para conciliar el sueño asociada a presión laboral.
Contenido de la sesión
Refiere latencia de sueño de ~1 hora con rumiación sobre pendientes del trabajo. Practicó la respiración 3 de 7 noches; esas noches se durmió más rápido. Las demás, revisó el correo en el celular hasta tarde.
Observaciones clínicas
Colabora con la sesión. Identifica la relación entre el uso del celular en la noche y la dificultad para dormir.
Evaluación de riesgo
No se exploraron indicadores de riesgo en esta sesión.
Intervenciones y tareas
Refuerzo de la técnica de respiración. Tareas: celular fuera del cuarto desde las 10 p. m. y anotar pendientes antes de acostarse.
Plan
Próxima sesión en una semana: revisar tareas.
Herramienta de referencia para profesionales de la salud. Genera el formato del documento; el contenido, la firma y la validez son responsabilidad del profesional que lo expide. No es asesoría legal ni tributaria.
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Qué es el consentimiento informado para psicología y cuándo se usa
El consentimiento informado en psicología es el acuerdo con el que el consultante —o su representante— acepta iniciar una evaluación o una psicoterapia después de entender en qué consiste, qué busca, cuánto puede durar y costar, qué molestias puede traer, qué alternativas tiene y qué queda en reserva y qué no. En Panamá lo sostienen tres normas. La Ley 68 de 2003 regula los derechos y obligaciones de los pacientes, los profesionales y los servicios de salud públicos y privados en materia de información y decisión libre e informada (artículo 1): cualquier intervención en el ámbito de la salud requiere el consentimiento específico y libre de la persona, previamente informada, y el consentimiento puede revocarse en cualquier momento (artículo 16). La Ley 364 de 2023, que desarrolla el derecho humano a la salud mental, reconoce a toda persona en el ámbito de la salud mental el derecho a recibir información clara, veraz, oportuna y completa sobre su estado de salud y los tratamientos disponibles, a recibir atención psicológica ajustada a principios éticos, a decidir sobre su atención y tratamiento y a que su información se maneje de forma confidencial (artículo 5). Y el Código de Ética y Responsabilidad Profesional del Psicólogo, que dicta el Consejo Técnico de Psicología, fija las reglas de la profesión.
Ese código es el que da forma a la parte más delicada del documento: la confidencialidad. Obliga al psicólogo a guardar absoluta confidencialidad y reserva de toda la información que le brinde el consultante u obtenga en la prestación de sus servicios, deber que perdura después de terminada la atención y alcanza a sus empleados, y exige autorización del consultante o de sus representantes para grabar en audio o video (artículo 6). Y enumera los casos en que revelar no viola el secreto (artículo 7): autorización expresa y por escrito del consultante, consulta con expertos sin identificarlo, riesgo para sí mismo o para otros, intención de cometer un hecho punible, conocimiento o sospecha de abuso o negligencia hacia un niño, un adulto mayor o una persona con discapacidad, orden de autoridad judicial competente, la propia defensa y las evaluaciones encargadas por los padres, una autoridad o una empresa. El texto base que carga el generador lo resume en primera persona del consultante; la frase de datos de Panamá agrega que los datos de salud son sensibles según la Ley 81 de 2019 y que la persona tiene derecho a la confidencialidad de los datos sobre su salud (Ley 68, artículo 13).
La página es el mismo motor de consentimiento informado con la atención psicológica preseleccionada. Los campos de riesgos y consecuencias usan los rótulos del reglamento de la Ley 68 —«Riesgos, complicaciones probables y secuelas», «Evolución previsible y consecuencias de no realizarlo»—; en psicoterapia, escribe en ellos las molestias y los efectos posibles del proceso y qué puede pasar si el consultante no lo inicia. Con menores, la sección «Representante legal» imprime a quien consiente y una línea de asentimiento del menor, y la revocación lleva línea para el testigo que exige el reglamento. Es un punto de partida redactado con prudencia; el encuadre real —honorarios, cancelaciones, teléfono de emergencia— lo pones tú.
Qué debe contener
- Identificación del consultante —nombre, cédula de identidad personal o pasaporte, edad— y, cuando decide otra persona, la del representante con su documento y su parentesco o calidad.
- Descripción del proceso en términos comprensibles: evaluación y/o psicoterapia, enfoque y técnicas, frecuencia y duración de las sesiones, duración estimada, pruebas psicológicas que se aplicarán y para qué.
- Beneficios esperados sin garantizar resultados; molestias, efectos y posibles complicaciones del proceso, y la posibilidad de sugerir ajustes o una referencia a otro profesional, como psiquiatría.
- Alternativas —otros enfoques, valoración psiquiátrica o farmacológica, grupos de apoyo, no iniciar por ahora— y qué puede pasar si el consultante no inicia o interrumpe el proceso.
- Encuadre: puntualidad, política de cancelación, honorarios acordados y forma de pago, contacto entre sesiones y qué hacer ante una crisis (líneas de ayuda y servicios de urgencias).
- Confidencialidad y sus excepciones por escrito, autorización para grabar sesiones si se hará, y, en menores, qué información recibirán los padres o representantes.
- Declaración, fecha y firma del consultante o de su representante, del psicólogo o psicóloga —con su número de idoneidad del Consejo Técnico de Psicología desde el membrete— y del testigo si lo hubiere; apartado de revocación con testigo. El original va al expediente.
Marco normativo
La Ley 68 de 20 de noviembre de 2003 regula los derechos y obligaciones de los pacientes, las personas sanas, los profesionales y los centros y servicios de salud públicos y privados en materia de información y de decisión libre e informada (artículo 1). Toda persona tiene derecho a que se respete la confidencialidad de los datos referidos a su salud y a que nadie acceda a ellos sin su autorización, salvo lo que prevea la ley (artículo 13). Cualquier intervención en el ámbito de la salud requiere el consentimiento específico y libre de la persona, previamente informada; es obligatorio por escrito en las intervenciones quirúrgicas, los procedimientos diagnósticos invasores y los que suponen riesgos o inconvenientes notorios y previsibles, y puede revocarse libremente en cualquier momento (artículo 16). El documento debe ser específico para cada procedimiento y contener información suficiente sobre él, sus beneficios y sus posibles riesgos (artículo 17). Los menores emancipados y los adolescentes de más de 16 años consienten por sí mismos; por los demás menores firma su representante, tras escuchar su opinión si tienen más de 12 años (artículo 19). El Decreto Ejecutivo 1458 de 2012, que reglamenta la ley, pide a los establecimientos formatos de consentimiento para las intervenciones que puedan afectar psíquica y físicamente al paciente (artículo 21), fija su contenido mínimo (artículo 22) y exige que la revocación se haga por escrito ante un testigo (artículo 25).
La profesión la regula la Ley 55 de 3 de diciembre de 2002 (Gaceta Oficial 24695), que reconoce el ejercicio de la profesión de Psicología: para ejercer se requiere la idoneidad que expide el Consejo Técnico de Psicología, integrado por representantes de varios ministerios, la Universidad de Panamá y la Asociación Panameña de Psicólogos. Ese Consejo aprobó el Código de Ética y Responsabilidad Profesional del Psicólogo (Resolución 002 de 19 de agosto de 2004, Gaceta Oficial 25324 de 20 de junio de 2005), de estricto cumplimiento para los psicólogos del país. El código reserva el ejercicio a quienes tienen la declaración de idoneidad (artículo 1); reconoce al psicólogo el derecho a convenir una remuneración justa y a establecer las condiciones del servicio «siempre con pleno conocimiento» del consultante, y a llevar un registro en su expediente (artículo 3); impone la confidencialidad absoluta, que perdura tras la atención y exige autorización para grabaciones (artículo 6); enumera las excepciones al secreto (artículo 7) y sanciona su violación como falta gravísima con suspensión de la idoneidad de hasta dos años (artículo 8). Prohíbe además atender a parientes y las relaciones sentimentales o comerciales con consultantes (artículos 9 a 11).
La Ley 364 de 6 de febrero de 2023 (Gaceta Oficial 29716-A) desarrolla el derecho humano a la salud mental. Reconoce a todas las personas, en el ámbito de la salud mental, el derecho a recibir información clara, veraz, oportuna y completa sobre su estado de salud y sobre las intervenciones y tratamientos disponibles, a recibir atención psicológica y médica ajustada a principios éticos, lineamientos profesionales y derechos humanos, a decidir sobre su atención y tratamiento, a que la información sobre su padecimiento y tratamiento se maneje de forma confidencial, a acceder a su expediente e historial clínico y psicológico, y a autorizar o no la presencia de personas ajenas a la atención durante las evaluaciones (artículo 5, numerales 2, 3, 9, 10, 11 y 14). Si atiendes por videollamada, la Ley 203 de 2021 sobre telesalud exige consentimiento informado para la atención a distancia y autorización para grabarla (artículos 6 y 10).
Lo que se dice en sesión es dato sensible. La Ley 81 de 2019, sobre protección de datos personales, considera sensibles los datos relativos a la salud (artículo 4) y exige para tratarlos un consentimiento previo, irrefutable y expreso, salvo urgencia médica o sanitaria (artículo 8): por eso la frase de confidencialidad incluye ese consentimiento. El generador, por diseño, no envía a ningún servidor lo que escribes.
Límites de esta herramienta
- Genera el formato: la validez del consentimiento la dan la información que efectivamente diste, la comprensión del consultante y las firmas, no la herramienta.
- Los textos base son un punto de partida redactado con prudencia; no son una revisión legal ni clínica de tu práctica. Escribe tu encuadre real y las excepciones a la confidencialidad tal como las aplicas.
- No cubre las evaluaciones encargadas por padres, escuelas, empresas o autoridades para selección, traslado o ascenso, que el Código de Ética trata como excepción a la confidencialidad y que exigen dejar claro quién recibirá el informe; redáctalas aparte.
- Si trabajas en una instalación de salud, puede tener su propio formato de consentimiento; este documento puede complementarlo, no sustituirlo.
- Está redactado para la atención psicológica; si eres psiquiatra y vas a prescribir psicofármacos u hospitalizar, adapta los bloques o usa el generador general.
- No es firma electrónica: imprímelo y fírmalo con el consultante, o firma el PDF con tu propio certificado. No guarda documentos ni consultantes: guarda el PDF cuando lo generes.
Fuentes. Asamblea Legislativa. Ley 68 de 20 de noviembre de 2003, que regula los derechos y obligaciones de los pacientes en materia de información y de decisión libre e informada (G.O. 24935), artículos 1 (objeto), 13 (confidencialidad), 16 (consentimiento específico, libre, por escrito en los casos que indica y revocable), 17 (documento específico), 18 (excepciones) y 19 (menores y consentimiento por sustitución). (enlace) · Ministerio de Salud. Decreto Ejecutivo 1458 de 6 de noviembre de 2012, que reglamenta la Ley 68 de 2003 (G.O. 27160-A), artículos 21 (formatos de consentimiento para intervenciones que puedan afectar psíquica y físicamente al paciente), 22 (contenido mínimo) y 25 (revocación por escrito ante testigo). (enlace) · Consejo Técnico de Psicología. Código de Ética y Responsabilidad Profesional del Psicólogo(a), modificado por la Resolución 002 de 19 de agosto de 2004 (G.O. 25324 de 20 de junio de 2005), 3.ª edición de 2011, artículos 1 (idoneidad), 3 (condiciones del servicio con pleno conocimiento del consultante; registro), 6 (confidencialidad y grabaciones), 7 (excepciones a la confidencialidad) y 8 (sanción). (enlace) · Asamblea Legislativa. Ley 55 de 3 de diciembre de 2002, que reconoce el ejercicio de la profesión de Psicología y dicta otras disposiciones (G.O. 24695 de 6 de diciembre de 2002); idoneidad expedida por el Consejo Técnico de Psicología. (enlace) · Asamblea Nacional. Ley 364 de 6 de febrero de 2023, que desarrolla el derecho humano a la salud mental y garantiza su cobertura nacional (G.O. 29716-A), artículo 5 (derechos de las personas en el ámbito de la salud mental: información, atención psicológica ética, decisión sobre el tratamiento, confidencialidad, acceso al expediente, presencia de terceros en las evaluaciones). (enlace) · Asamblea Nacional. Ley 203 de 18 de marzo de 2021, que establece los lineamientos para el desarrollo de la telesalud en Panamá (G.O. 29244-A), artículos 6 (consentimiento informado en telesalud) y 10 (autorización para grabar la videollamada). (enlace) · Asamblea Nacional. Ley 81 de 26 de marzo de 2019, sobre protección de datos personales (G.O. 28743-A), artículos 4 (los datos relativos a la salud son datos sensibles) y 8 (consentimiento previo, irrefutable y expreso para datos sensibles de salud). (enlace) · Contenido revisado el 28 de septiembre de 2026.
Preguntas frecuentes
La Ley 68 de 2003 exige el consentimiento para cualquier intervención en el ámbito de la salud y lo hace obligatorio por escrito en las intervenciones quirúrgicas, los procedimientos diagnósticos invasores y los que suponen riesgos o inconvenientes notorios y previsibles (artículo 16); una psicoterapia corriente no está en esa lista. Pero el reglamento pide formatos para las intervenciones que puedan afectar psíquicamente al paciente (Decreto Ejecutivo 1458, artículo 21) y el Código de Ética exige que las condiciones del servicio se establezcan con pleno conocimiento del consultante (artículo 3). En la práctica se deja por escrito: es la forma más clara de probar el encuadre y las excepciones a la confidencialidad.
En los que enumera el artículo 7 del Código de Ética y Responsabilidad Profesional del Psicólogo: autorización expresa y por escrito del consultante; consulta con expertos sin identificarlo; riesgo para sí mismo o para otras personas; intención de cometer un hecho punible; conocimiento o sospecha de abuso o negligencia hacia un niño, un adulto mayor o una persona con discapacidad; orden de autoridad judicial competente; tu propia defensa si el consultante te acusa; y evaluaciones encargadas por los padres, una autoridad o una empresa. Fuera de esos casos, revelar es falta gravísima (artículo 8). Escribe en el consentimiento los que aplicas.
Los adolescentes de más de 16 años y los menores emancipados consienten por sí mismos; por los demás firma su representante, tras escuchar la opinión del menor si tiene más de 12 años (Ley 68 de 2003, artículo 19). Llena la sección «Representante legal» y el documento imprime a quien consiente y una línea de asentimiento del menor. Deja por escrito qué información recibirán los padres o representantes y cuál no, dentro de las excepciones que admite el Código de Ética.
Solo con autorización del consultante o de sus representantes legales, y las grabaciones quedan sujetas a estricta confidencialidad (Código de Ética, artículo 6). Si la atención es por videollamada, la Ley 203 de 2021 sobre telesalud exige además autorización para grabar la videollamada (artículo 10). Si vas a grabar —para supervisión, por ejemplo—, agrégalo al bloque de confidencialidad con el propósito, quién tendrá acceso y cuándo se borrará, y recoge la autorización expresa.
Sí, con ajustes. La Ley 203 de 2021 exige consentimiento informado para la atención por telesalud (artículo 6). El consultante debe saber qué plataforma se usa y cómo se protege, que no se graba salvo autorización expresa, que debe conectarse desde un lugar privado, qué pasa si falla la conexión y qué hacer ante una crisis a distancia. El texto base de teleconsulta del mismo generador tiene esos párrafos: cópialos al bloque «En qué consiste» o «Cuidados» y adáptalos.
Libremente y en cualquier momento (Ley 68 de 2003, artículo 16); el reglamento exige que la revocación se haga por escrito ante un testigo autorizado por el paciente o su representante (Decreto Ejecutivo 1458 de 2012, artículo 25). El documento trae al final el apartado de revocación con la fecha del consentimiento original y las líneas de firma del consultante y del testigo. Archívalo en el expediente junto con el consentimiento.
No. El formulario, la vista previa y el PDF se generan en tu navegador; ningún dato del consultante se envía a un servidor ni queda registrado. Lo único que se conserva, en el almacenamiento local de tu propio navegador y solo si lo guardas, es tu membrete: nombre, profesión, idoneidad, contacto y logo. Puedes borrarlo cuando quieras. El consentimiento firmado va al expediente; guarda el PDF cuando lo generes si quieres conservar el texto.
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Cliini escucha tu consulta y entrega la nota estructurada con códigos sugeridos, récipe e indicaciones — lista para tu historia clínica.